Convocatoria a la Asamblea General Ordinaria Anual

Invitación Accionistas a Asamblea General anual.

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Descripción

Conforme lo dispone el art. 197 de la Ley 479-08, toda asamblea general de accionistas debe ser previamente convocada en la forma y plazos que fijen los estatutos sociales y la ley 479-08 y sus modificaciones.

La convocatoria deberá contener las siguientes enunciaciones:

* Denominación social, seguidas de sus siglas,

* Capital Social Autorizado,

* Capital Suscrito y Pagado,

* Domicilio Social,

* Número de Registro Nacional de Contribuyentes,

* Número de Registro Mercantil,

* Día, mes, año, hora y lugar de la asamblea,

* Orden del día,

* Lugar y depósito de los poderes de representación,

* La firma y calidad de las personas que convocan.

El plazo de convocatoria es fijado en los Estatutos Sociales y que deben ser al menos, quince (15) días antes del día fijado para la reunión, mediante comunicación física o electrónica con acuse de revivo o mediante aviso de convocatoria publicado en un periódico de circulación nacional. No será necesaria la convocatoria si todos los accionistas estuviesen presentes o representados.

La convocatoria deberá contener el orden del día con los asuntos que serán tratados por la asamblea y serán determinados por quien haga la convocatoria. La asamblea no podrá deliberar sobre una cuestión que no esté inscrita en el orden del día.

Será nula toda deliberación adoptada sobre un asunto no comprendido en el orden del día, a menos que todos los accionistas lo convengan. Sin embardo, la asamblea podrá en cualquier circunstancia revocar uno o varios de los administradores y proceder a su reemplazo.

En caso de que una asamblea sea pospuesta por falta de quorum o por disposición de accionistas, la posterior convocatoria de esta no puede alterar el orden del día.