Asamblea General Ordinaria Anual de una SRL

De acuerdo con lo establecido en la Ley 479-08 y sus modificaciones, la Asamblea General Ordinaria se reunirá por lo menos una vez al año, dentro de los seis (6) meses que sigan al cierre del ejercicio social anterior.

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Descripción

De acuerdo con lo establecido en la Ley 479-08 y sus modificaciones, la Asamblea General Ordinaria se reunirá por lo menos una vez al año, dentro de los seis (6) meses que sigan al cierre del ejercicio social anterior. Deberá ser convocada con quince (15) días de anticipación para conocer de los asuntos incluidos en el orden del día, que contendrán siempre para la reunión anual, lo siguiente:

* La aprobación de los estados financieros y la distribución total o parcial de los beneficios acumulados;

* El nombramiento y la revocación de los gerentes y de los comisarios de cuentas, si hubiere. De igual modo, conocer del ejercicio de la acción social de responsabilidad contra cualquiera de ellos;

* La autorización a los gerentes para el ejercicio, por cuenta propia o ajena, de actividades concurrentes con el objeto social o de convenios a través de los cuales obtengan un beneficio personal; y,

* Cualquier otro asunto que determinen los estatutos o la ley.

Para el correcto diligenciamiento del presente modelo, es requerida la siguiente información mínima:

* Denominación o razón social, seguidas de sus siglas;

* Número de Registro Nacional de Contribuyentes;

* Número de Registro Mercantil;

* Domicilio social;

* Capital social;

* Día, mes, año, hora y lugar de la asamblea;

* Identificación de quienes asumirán la Presidencia y Secretaria de la asamblea. Conforme la ley de sociedades, No. 479-08, la asamblea será presidida por el o uno de sus gerentes, y en su ausencia, por la persona prevista en los Estatutos Sociales. En su defecto, la asamblea elegirá su Presidente. La Secretaria de la asamblea será desempeñada por quien corresponda en los estatutos, y en su defecto, por quien escoja la asamblea;

* Resultados del año social que se conoce (pérdidas o beneficios);

* Disposición sobre los resultados del ejercicio;

* Designación del Comisario de Cuentas y remuneración, si hubiere;

* Designación de gerentes y remuneración; y,

* Identificación de la persona apoderada para efectuar el registro de la asamblea ante la Cámara de Comercio y Producción.